Indicaciones e información general para el Levantamiento de Requisitos y Corequisitos de los cursos de servicio que ofrece Escuela de Física.

INFORMACIÓN GENERAL

En la Escuela de Física estaremos recibiendo solicitudes para realizar los levantamientos de requisitos y correquisitos de los cursos de servicio (con código de curso que inicia con FI) que ofrece la Escuela de Física, según las siguientes fechas:

  • Periodo Lectivo: II semestre 2023
  • Período de recepción de solicitudes: 29 de mayo al 2 de junio de 2023
  • Publicación de resultados: del 19 al 23 de junio de 2023

TÉRMINOS Y CONDICIONES

  1. La solicitud de levantamiento de requisitos y corequisitos se realizará por medio del formulario en línea Solicitud de Levantamiento de Requisitos Escuela de Física (en adelante el formulario) entre las 7:30 a.m. y las 4:30 p.m.
  2. El/la estudiante entiende que al completar y enviar el formulario  no asegura un cupo en los cursos solicitados.
  3. De recibirse varios formularios de una misma persona, se considerará unicamente el último envío como válido.
  4. Cada caso será analizado y priorizado por la Dirección considerando aspectos como el nivel de avance en el plan de estudios, situaciones de Rn y proximidad de graduación. 
  5. Los resultados de las solicitudes de levantamiento de requisitos aceptadas se publicarán en la página web de la Escuela de Física durante la semana previa a la matrícula ordinaria, según las fechas establecidas en el Calendario Institucional y Académico.
  6. El/la estudiante acepta al completar y enviar el formulario que la Escuela de Física utilice sus datos personales única y exclusivamente para trámites de matricula.
  7. Este trámite NO ES VALIDO para ampliar el cupo de un curso.

  8. La autorización es efectiva solo para una materia y debe ser presentada en el Departamento de Admisión y Registro, en MATRICULA EXTRAORDINARIA.

  9. RECUERDE QUE SI TIENE RN DEBE HACER EL RESPECTIVO LEVANTAMIENTO CON UN MEMORANDO QUE HARA SU DIRECTOR(A) DE CARRERA, DE LO CONTRARIO NO SE LE TRAMITARA EL LEVANTAMIENTO.

  10. El levantamiento de requisitos y correquisitos para cursos que administran otras dependencias (que tienen códigos que inician con AE – Escuela de Administración de Empresas, CA – Escuela de Ingeniería en Computación, CI – Escuela de Ciencias del Lenguaje, CO – Escuela de Ingeniería en Construcción, CS – Escuela de Ciencias Sociales, FI – Escuela de Física, MA – Escuela de Matemática, MI – Escuela de Ingeniería Electromecánica, MT – Área Académica de Ingeniería Mecatrónica, PI – Escuela de Ingeniería en Producción Industrial, QU – Escuela de Química, SE – Escuela de Cultura y Deporte) debe realizarse en los términos que haya definido cada una de estas dependencias, para lo cual pueden contactar a las respectivas secretarías, utilizando la información disponible en: https://www.tec.ac.cr/escuelas.

PROCEDIMIENTO

Para solicitar levantamiento de requisitos, debe:

  1. Revisar los Términos y Condiciones.
  2. Llenar y enviar el formulario SOLICITUD DE LEVANTAMIENTO DE REQUISITOS Y COREQUISITOS (disponible a partir del 29 de mayo de 2023).
  3. Revisar los resultados de las solicitudes aceptadas en el enlace en el enlace RESULTADOS SOLICITUDES DE LEVANTAMIENTO DE REQUISITOS Y COREQUISITOS (disponible a partir del 19 de mayo de 2023).

REGLAMENTO

Reglamento Enseñanza Aprendizaje El Reglamento del Régimen Enseñanza-Aprendizaje del Tecnológico de Costa Rica y sus Reformas establece que


Artículo 6 BIS

Categoría de “Estudiante Próximo a Graduarse”.

Se entenderá por Estudiante Próximo a Graduarse aquel a quien le falten 10 cursos o menos para obtener su primera titulación en grado universitario (dentro o fuera del TEC).

Así incorporado por el Consejo Institucional, Sesión Ordinaria No. 3175, Artículo 15, del 10 de junio de 2020. Publicado en fecha 15 de junio del 2020 mediante Gaceta Número 646-2020 de fecha 11 de junio del 2020.


Artículo 34

El proceso de matrícula de las asignaturas se realizará para cada período lectivo y en las fechas establecidas en el Calendario Académico. Las unidades académicas colaborarán con el Departamento de Admisión y Registro en este proceso. A éstas les corresponderá la autorización de las asignaturas que el estudiante desee inscribir, y supervisar el cumplimiento de los requisitos y las normas de matrícula establecidas. La Dirección de Escuela, la coordinación del Área Académica, o de unidad desconcentrada, que imparte un curso podrá, de manera justificada y siguiendo los criterios establecidos previamente por el Consejo de Escuela o Área Académica, según corresponda, autorizar el levantamiento de requisitos.

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Reglamento Enseñanza Aprendizaje El Consejo de la Escuela de Física en Sesión Extraordinaria 08-2022, Artículo 2 “Casos en los que el Consejo de la Escuela de Física autoriza el levantamiento de requisitos o correquisitos.” celebrada mediante videoconferencia en la plataforma ZOOM el lunes 28 de marzo 2022 acordó:

AUTORIZA EL LEVANTAMIENTO DE REQUISITOS EN CUALQUIERA DE LOS SIGUIENTES CASOS:

  • QUE LA PERSONA ESTUDIANTE DEMUESTRE DOCUMENTALMENTE QUE APROBÓ UNA ASIGNATURA SOBRE LA CUAL EXISTAN ANTECEDENTES EN LA ESCUELA DE FÍSICA DE QUE ES RECONOCIBLE POR EL REQUISITO O CORREQUISITO CUYO LEVANTAMIENTO SOLICITA.
  • LA COMISIÓN DE RECONOCIMIENTO DE ASIGNATURAS DE LA ESCUELA DE FÍSICA EMITA UN DICTAMEN RECOMENDATIVO FAVORABLE AL LEVANTAMIENTO DEL REQUISITO O CORREQUISITO.
  • CUANDO A LA PERSONA ESTUDIANTE LE FALTEN CINCO ASIGNATURAS O MENOS PARA CONCLUIR SU PLAN DE ESTUDIOS, INCLUYENDO LA(S) ASIGNATURA(S) EN LA(S) QUE SOLICITA LEVANTAMIENTO DE REQUISITOS O CORREQUISITOS.