Cápsula 10 Docentes

 

¿Qué hago si un estudiante le dice que la fecha de mi evaluación coincide con otra prueba en día y hora?

Según el artículo 64 del Reglamento: 

La Dirección de Escuela o la Coordinación de Área Académica o de Unidad Desconcentrada, según corresponda, será responsable de coordinar que la programación de los exámenes parciales, finales o de reposición no contemple el mismo horario para las pruebas parciales, finales o de reposición de cursos del mismo nivel del plan de estudios que administran.

Los (as) estudiantes no tendrán obligación de presentar más de dos exámenes parciales, finales o de reposición, sean escritos u orales, en un mismo día.

Será responsabilidad de las(os) estudiantes advertir, con al menos tres días hábiles de anticipación, a la Dirección de la Escuela o a la Coordinación a que pertenece, según corresponda, de la existencia de choques en el horario de las pruebas escritas u orales a que sea convocada(o), en el caso de los exámenes de reposición con al menos un día de anticipación. Cuando el estudiante no informe en el plazo fijado al Director de la Escuela o al Coordinador correspondiente, perderá el derecho a que se le reponga la prueba a la que no asista por el choque de horarios.

Ante situaciones de fuerza mayor, así declaradas por resolución fundamentada de la Rectoría o de la Vicerrectoría de Docencia, que hayan provocado afectaciones en el normal desarrollo de un periodo lectivo, los estudiantes no tendrán la obligación de presentar más de un examen en un mismo día, sea este parcial o final, o dos de reposición, sean escritos u orales.

Artículo reformado por el Consejo Institucional, Sesión Ordinaria No. 3189, Artículo 9, del 09 de setiembre de 2020. Publicado en fecha 16 de setiembre del 2020 mediante La Gaceta Número 683-2020 de fecha 10 de setiembre del 2020