¿Cuál es el proceso para reclamar si no estoy de acuerdo con una nota de una evaluación?
Según el artículo 72 del Reglamento:
El estudiante podrá solicitar directamente al profesor en escrito por medios físicos o digitales, la revisión de cada una de las pruebas de evaluación aplicadas, dentro de los tres días hábiles posteriores a su entrega. El profesor deberá dar su respuesta durante los tres días hábiles siguientes. En caso de respuesta negativa, el estudiante podrá apelar la decisión la Dirección de Escuela o la Coordinación de Área Académica o Unidad Desconcentrada respectiva, en un plazo no mayor de tres días hábiles a partir de la fecha en que vence el período de respuesta del profesor. La Dirección o la Coordinación respectiva deberá resolver la apelación dentro de los cinco días hábiles siguientes. El Consejo de Escuela, de Área Académica o de Unidad Desconcentrada actuará como órgano en alzada, que resolverá dentro de los cinco días hábiles siguientes y agotará la vía administrativa.
En el caso de que el profesor, la Dirección de Escuela, Coordinación de Área Académica o de Unidad Desconcentrada, no contesten en el plazo fijado, autoriza al estudiante a recurrir a la instancia superior.
Artículo reformado por el Consejo Institucional mediante acuerdo tomado en la Sesión Extraordinaria No. 3167, Artículo 1, del 24 de abril de 2020. Publicado en La Gaceta Número 623-2020 del 24 de abril del 2020. Ver transitorios 1 y 2.