Cápsula 2 Estudiantes

¿Qué pasa cuando una persona docente extravía mi prueba?

Según el artículo 74 del Reglamento:

En caso de que un profesor extravíe el examen de un estudiante, éste se hará acreedor de una nota de 70 o tendrá derecho a repetir el examen, si así lo solicita. Ambos casos serán excluyentes.

El Director del Departamento determinará, en caso de ameritarlo, la sanción correspondiente al profesor que incurra en esta falta.