Cápsula 6 Docentes

 

¿Puedo cambiar las actividades de evaluación o su ponderación una vez iniciado el semestre?

Según el artículo 48 del Reglamento: 

El profesor y los estudiantes de un curso podrán concertar variaciones en los aspectos operativos del programa del curso. Cualquier modificación al respecto deberá contar con la anuencia del profesor y los estudiantes y deberá quedar consignada por escrito en un documento en el que consten las firmas de los involucrados, El mismo deberá ser sustituido.

Las modificaciones a aspectos relativos al plan de estudios del programa de cursos deberán cumplir con los trámites y procedimientos establecidos al efecto en la reglamentación correspondiente.

En concordancia con los artículos 58 y 59 del RREA, el docente podrá acordar variaciones en los aspectos operativos del curso, ajustes metodológicos y/ o de evaluación con estudiantes que presenten la condición Rn 2 o más.

Artículo reformado por el Consejo Institucional, Sesión Ordinaria No. 3175, Artículo 15, del 10 de junio de 2020. Publicado en fecha 15 de junio del 2020 mediante Gaceta Número 646-2020 de fecha 11 de junio del 2020.