
La Comisión de Asuntos Académicos y Estudiantiles considera que establecer la jornada máxima de contratación en tiempo y cuarto -como pretende el acuerdo del Consejo Nacional de Rectores (Conare) de la Sesión No. 04-17, Artículo 8, inciso c- introduce una gravísima limitación para la llegada de profesores de las otras universidades para que laboren en los posgrados del TEC (especialmente aquellos directamente administrados por la Institución).
Lo anterior se debe a que la contratación para impartir un curso de maestría en el TEC supone una jornada de 40% de tiempo completo y de 50% del tiempo completo para doctorado.
En la reunión número 583-2018, celebrada el viernes 16 de marzo de 2018, la Comisión analiza los pronunciamientos recibidos y la información aportada por el Vicerrector de Docencia en el oficio ViDa-151-2018 y valora que la reforma aprobada por el Consejo Nacional de Rectores (Conare) en la Sesión No. 04-17, Artículo 8, inciso c, no aporta ningún beneficio al TEC, por la que acuerda recomendar al pleno del Consejo Institucional, no ratificar esa reforma.
Con base en estos argumentos, el Consejo Institucional acordó:
a. No ratificar el acuerdo del Conare de la Sesión No. 04-17, Artículo 8, inciso c, que modifica el artículo 41 del Convenio de Coordinación de la Educación Superior Universitaria Estatal.