Retorno del IVM al Magisterio Nacional
(Firmaron voluntariamente el traslado a la CCSS)
Les informo que el proyecto de ley 17561 sufrió un cambio radical propuesto por la Fracción de Liberación Nacional, resultando que en lugar de mejorar lo que estaba expreso en el documento como texto sustitutivo, arremete contra todos los demás, es decir activos y jubilados, gravando los montos para los activos que según reforma de Ley 9104 sobre el articulo 70 dada el 11 de diciembre de 2012 se paga un 8,75 % hasta dos salarios mínimos de la administración pública y ahora se vuelve a 10 % sobre los dos salarios mínimos y luego aplica un 14 % sobre el exceso de los dos salarios mínimos hasta los cuatro salarios mínimos, cuando se está cotizando actualmente 12 %, para el caso de los excesos de cuatro salarios hasta seis salarios mínimos será de un 16 %, actualmente se tiene un 14 %, luego como si no fuera poco sobre el exceso de los seis salarios mínimos 18 % cuando actualmente se paga un 16 %
Para el caso de los Jubilados se exonera del pago hasta los tres salarios mínimos de la administración, pero se graban en la misma forma que los activos con un 14% hasta el exceso de los tres salarios mínimos hasta los cuatro salarios mínimos y los demás serán los mismos que los activos hasta el exceso de los seis salarios mínimos el 18 % hasta el salario de un Catedrático de la UCR con 30 anualidades.
Pero no siendo esto ya un exceso en las cotizaciones, cambian el artículo 71 de la Ley 7531, grabando aún más las pensiones sobre el exceso del Catedrático hasta un 25% más con un 25% (actualmente está así) pero para el segundo tracto del 25 % de exceso ya no se paga un 35 % sino que será un 40 %, para el tercer tracto actualmente se paga el 45% sobre el excesos del anterior y se pagará un 50% , para el cuarto tracto de 25 % se pagará un 50 % sobre el exceso, actualmente es un 45 %,los otros tractos se mantienen en 55% , 65% y 75% respectivamente a cada tracto
Además, solo los funcionarios que hayan cotizado al menos durante diez años ininterrumpidamente al Régimen del Magisterio Nacional al entrar a regir la ley 7531 el 10 de julio de 1995 tendrán la posibilidad de solicitar el retorno, esto certificando el documento mediante el cual gestionó el traslado en forma efectiva. Y excluye a todos los administrativos
Con esto los Diputados del Partido Liberación quieren recargar las diferencias de los trasladados del IVM al Magisterio Nacional y no comprometerse el gobierno a cubrir los montos correspondientes.
Lic. Israel Pacheco Barahona
Secretario General Adjunto
SE ANEXA EL TEXTO SUSTITUTIVO PRESENTADO POR EL PARTIDO LIBERACIÓN NACIONAL