
El Consejo Institucional, en la Sesión Ordinaria No. 3256, Artículo 9, del 23 de marzo de 2022 aprobó y modificó el artículo 30 del “Reglamento del Régimen de Enseñanza Aprendizaje del Instituto Tecnológico de Costa Rica y sus reformas”.
Dicha variación se dio con el fin de incorporar los períodos bimestrales, trimestrales o cuatrimestrales y el período lectivo expresamente creado para los Centros de Formación Humanística. Lo anterior, porque a pesar de existir dichas modalidades, no se tenía establecida la duración de tales períodos formalmente, con excepción del periodo lectivo de los Centros de Formación Humanística.
Por lo tanto, el articulo 30 queda de la siguiente manera:
Artículo 30
Los períodos bimestrales durarán 7 semanas en total, incluirá 6 semanas de lecciones efectivas y una semana de aplicación de evaluaciones.
Los períodos trimestrales durarán 11 semanas en total, incluirá 10 semanas de lecciones efectivas y una semana de aplicación de evaluaciones.
Los períodos cuatrimestrales durarán 13 semanas en total, incluirá 12 semanas de lecciones efectivas y una semana de aplicación de evaluaciones.
Los períodos semestrales durarán 19 semanas en total, incluirá 16 semanas de lecciones efectivas, una semana de preparación de evaluaciones, en la cual no se podrá realizar evaluaciones, salvo pruebas parciales específicamente de las materias que no tengan evaluaciones finales y pertenezcan al bloque de Ciencias Básicas, Ciencias Sociales o Matemática, más dos semanas de evaluaciones y actividades finales. (la negrita es proveída)
El periodo lectivo de los Centros de Formación Humanística incluirá 4 semanas lectivas y una semana de actividades finales y entrega de actas, y serán programados dentro de los periodos semestrales de manera que se impartan 6 periodos al año.
El Consejo Institucional podrá establecer períodos de otra duración, para atender necesidades particulares de programas académicos.
Ante situaciones de fuerza mayor, que tengan implicaciones en el desarrollo ordinario de los cursos de un periodo lectivo, el Consejo Institucional podrá modificar el periodo lectivo a solicitud de la Rectoría.
A continuación, se adjunta el documento oficial del acuerdo: