La propiedad intelectual en el escenario de los cursos virtuales

Entrega de material documental así como grabaciones de clase son parte los elementos que involucra hoy la modalidad virtual
30 de Abril 2020
Persona
Imagen ilustrativa. Pexels

En el marco de las actividades virtuales que desarrollan estudiantes y docentes alrededor del mundo por el aislamiento social ha surgido la utilización de diversas herramientas y material de apoyo en el proceso de enseñanza y aprendizaje virtual o a distancia.

En este contexto destaca el uso de material que, a pesar de tener fines académicos, debe ser utilizado con características y recomendaciones básicas, que implica, por ejemplo, la consigna del contenido siempre a su autor.

Así lo destaca Juan Carlos Carvajal, director del Centro de Vinculación del Tecnológico de Costa Rica (TEC), quien señala, como punto de partida básico, el respeto a los derechos intelectuales de terceros cuando se utilice material para las clases.

Para esto, se recomienda la citación adecuada de los contenidos que sean tomados en consideración por parte de docentes y estudiantes. Esta acción es base para evitar conflictos legales por autores que puedan reclamar el uso no adecuado de su material.

Según lo refleja la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), el derecho de autor describe las potestades de los creadores sobre sus obras literarias y artísticas, entre las cuales están:

  • Libros
  • Música
  • Pinturas
  • Esculturas
  • Películas
  • Dibujos técnicos
  • Anuncios publicitarios
  • Programas informáticos
  • Mapas

Carvajal añadió que si bien los fines de uso no son lucrativos sino totalmente académicos; tanto para modalidades presenciales, a distancia o virtuales, es imprescindible señalar la fuente y creador de la información con el fin de que sean siempre respetados los derechos de autor correspondientes.

La grabación y entrega de material

Respecto a la entrega del material para estudiantes, el director del Centro de Vinculación indicó que es decisión de cada docente la transferencia o no del material documental correspondiente (presentaciones u otro material utilizado).

Si se decide entregar al estudiantado, este debe indicar de igual manera su fuente o autor, además de especificar que este fue concebido para un curso específico, según recomienda el especialista del Centro de Vinculación.

Sin embargo, destacó que una vez que el material entregado con estas recomendaciones sea utilizado por estudiantes con otros fines, son estos últimos los responsables por su manejo.

En relación a las grabaciones que ahora se hacen más comunes mediante plataformas como Zoom, Teams u otras, con el fin de impartir lecciones, esta acción se relaciona con el derecho de imagen de quienes participen en esta modalidad.

Para esto y si se decide generar la grabación de la voz o imagen de la persona, debe darse un consentimiento informado a los participantes por parte del interlocutor que realice esta acción. Además es ideal que se especifique los fines que tendrá dicha grabación.

Tanto los materiales como las grabaciones correspondientes de los cursos se vinculan a la Propiedad Intelectual (PI), la cual describe la OMPI como las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias y artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes que sean utilizados de manera comercial en cualquier contexto.

Para quienes desean conocer más del ámbito de la propiedad Intelectual, a través de la Academia de la OMPI, se ofrece cursos de enseñanza a distancia gratuitos. En esta Academia existe una amplia gama de cursos sobre PI, generales y especializados, destinados a mejorar las aptitudes de todos, con independencia del nivel de conocimientos y de los propósitos de los interesados.

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